ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000085
ASUNTO : RP01-P-2004-000085
Visto el oficio 022-07 emanado de la Fiscalía de Ejecución de Sentencias, en el cual señalan error en el cálculo del cumplimiento de la pena del ciudadano JOSE RAFAEL MENDOZA LEONISES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-16.817.168, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO más las accesorias de Ley por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el N° 460 en relación con el artículo 80 del Código Penal; y observado que efectivamente existe un error de cálculo en el mismo, es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con el artículo 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal, procede a corregir dicho cálculo de acuerdo a los siguientes términos:
PRIMERO: Por cuanto el penado JOSE RAFAEL MENDOZA.....