Acto seguido y vencido como fue el lapso concedido y en virtud de que no existe ningún impedimento para llevar a cabo la práctica de la presente medida, declara Judicial y Ejecutivamente Embargada la cantidad de Seis Millones Quinientos Noventa y un Mil Quinientos veintiun Bolívares con Diecinueve Céntimos (Bs. 6.591.521,19) de la cuenta corriente Nª 0105-0011791011502739, la cual pertenece a la demandada: “Distribuidora Roxiyev, C. A.”.-