Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda fijar un lapso de y cinco (45) días, conforme al articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines que la representante del Ministerio Público presente el acto conclusivo correspondiente, en la causa seguida a la adolescente ; por uno de los Delitos Contra la Propiedad y el Orden Público, en perjuicio Jenny del Valle Cova de Ramos y el Estado Venezolano. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público, a los fines que sean anexados a la causa principal. Los presentes quedan notificados en sala con la lectura y firma de la presente acta.