DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, APROBAR el ACUERDO REPARATORIO, propuesto en esta sala de audiencias, de conformidad con lo establecido en los artículos 41 y siguientes, en relación con los articulo 358 y 359 todos del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la cancelación por parte del acusado: ANIBAL RAMON SALAZAR HERNANDEZ Venezolano, Natural de Carúpano, de 65 años de edad, nacido en fecha 21-05-1950, pescador, soltero, titular de la Cedula de Identidad V- 3.810.465, hijo Aníbal Salazar y Ana Hernández y residenciado en: Caracas, calle 2, residencia Villa Ávila, piso 5, apartamento 54,. Terrazas del Ávila, Petare, Municipio Sucre, TLF: 0414-329.21.6, de la deuda correspondiente a la victima Ciudadano: HUMBERTO JOSE FERNANDEZ BERMUDEZ, por la cantidad de dos.....