Por todo lo antes expuesto este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, la demanda de desalojo incoada por el ciudadano González Muñoz Héctor José, representado judicialmente por el Abogado Héctor Velásquez Marques, contra la ciudadana Rosario González, asistida judicialmente por la abogada Yajani Rodríguez González. Ambas partes identificadas en autos.-
Se condena en costas a la parte actora, por resultar totalmente vencido en la presente causa, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-