Y por cuanto los testigos están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes acerca de los particulares a que se contrae la presente solicitud, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; mientras no haya oposición en contrario DECLARA: Bastantes y Suficientes dicha actuaciones para otorgarle a la solicitante Sociedad Mercantil PETROPARIA, C.A., Registro de información fiscal RIF: J304977956, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la circunscripción judicial del Estado Sucre, bajo el Nº 37 tomo: A-18 RM424, Cuarto trimestre, Folios 114 al 115, vto de fecha doce (12) de Diciembre de 1997 representada por la ciudadana: CRISLENYS JOSEFINA ANDARCIA RUIZ, ante identificada según acta de Asamblea Extraordinaria, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la circunscripción judicial del Estado Sucre bajo el Nº 61 Tomo: A-11, tercer Trimestre.....