En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por el Abogado German Figuera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.764, apoderado judicial de la Ciudadana Criselia Brito de Brito, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.034.468, contra la sentencia definitiva dictada en el presente juicio en fecha 25 de Abril de 2016, por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda que por Nulidad de venta incoara la Ciudadana Criselia Brito de Brito, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.034.468, contra .....