Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: SE CONDENA al ciudadano JOSE RAMON LAREZ LAREZ; venezolano, natural de Carúpano, estado Sucre, de 21 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 28.172.558, nacido el 09/03/1994, de profesión u oficio pescador, hijo de José Martínez y Teresa Larez y domiciliado en la calle Perú, casa Nª 50, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; a cumplir una pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO IMPROPIO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal, en perjuicio de ENDER RENE BRITO BRAZON, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se procede a revisar en este acto la media de coerción personal que pesa en contra del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; para la a.....