Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada MARIANA ANTON, en su carácter de Defensora Provisorio Quinta en Materia Penal Ordinario, en representación de los ciudadanos PAUL JOSÉ VIVENES CARRERA y KENNEDY AGUSTIN VIVENES CARRERA, contra Sentencia Definitiva publicada en fecha 15 de Julio de 2015, por el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, mediante la cual CONDENÓ a los dos ciudadanos antes mencionado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, y al tercero de los nombrados a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COMPLICES NECESARIOS, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICES NECESARIOS, LESIONES LEVE.....