este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público e impone conforme al procedimiento por admisión de los hechos, a los adolescentes xxxxxxxxxxx por estar incursos en la comisión del delito de EVASION, previsto en el artículo 258 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; a cumplir la medida de AMONESTACIÓN, de conformidad con el artículo 620 literal "A" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el articulo 623 ejusdem. Instrúyase al Secretario Administrativo de este Tribunal, a los fines de remitir la presente causa en su oportunidad al Archivo Central. Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las decisiones dictadas por este.....