ESTE TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA A UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN al ciudadano CLEIVER LUÍS RODRÍGUEZ CARVAJAL, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° 23.346.559, , residenciado en la urb. La Llanada, sector 01, vereda 05, casa 18- Cumaná Estado Sucre; por encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en relación a los artículos 7 y 9 de la Ley Sobre Armas y explosivos, en perjuicio del Estado venezolano, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se ordena la continuidad de la Medida Cautelar Sustituti.....