en consideración todos los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente explanado, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, incoada por el ciudadano LUIGI NUOVO AMORESE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.275.030, con domicilio procesal en la Avenida Perimetral cruce con Avenida Rómulo Gallegos, Centro Comercial y profesional "SU MEI", Nivel Zafiro, 2do., Oficina Z-3, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, contra el ciudadano LEOCADIO MANUEL PADILLA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.956.397, domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital en consecuencia ha adquirido por usucapión el ciudadano LUIGI NUOVO AMORESE, supra identificad.....