En razón de todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control, con vista a la petición Fiscal y con fundamento en lo dispuesto en el articulo 292 del Código Orgánico Procesal Penal, observando que están cubiertos los presupuestos de exigencia de dicha norma para que proceda la solicitad formulada, es por lo que la acuerda con lugar, y en consecuencia, ordena MANDATO DE CONDUCCION para el ciudadano JESUS MANUEL SALAZAR ARENAS, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Cserio el chaco, Via Cumana Cumanacoa, cerca de las cachaperas, Estado Sucre; para que, con el debido respeto de sus derechos constitucionales, sea conducido por la fuerza publica, en forma inmediata a su ubicación, ante la Fiscal Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, el día 23-10-2013, a las 09:00 de la mañana, hasta su sede, del Ministerio Público, ubicada en la Avenida Universidad, Edificio "Sede del Ministerio Público, piso 3, oficina 304, frente a la U.D.O., en esta ci.....