El Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre DECIDE en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: En este estado del proceso y sin perjuicio de que se revise nuevamente la medida preventiva privativa de libertad que pesa sobre el acusado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de garantizar las finalidades del proceso y de evitar que surja alguna nueva causa que impida la celebración del juicio en un plazo razonable ACUERDA que se mantenga al acusado Luis Alexander Fuentes Marcano, venezolano, con cédula de identidad N° 20.574.963, residenciado en caserío Tataracual, Municipio Sucre del Estado Sucre y defendido por el abogado Jesús Amaro Alcalá, Defensor Público Penal; con la medida de privación preventiva de libertad decretada por el Juez Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal en causa que se le sigue por la presunta comisión del delito d.....