Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Acuerda: REVOCAR la medida Sustitutiva de Libertad de la cual gozan los acusados: NELSON JOSE URBINA GARCIA y ALEJANDRO ACUÑA SALAZAR titulares de las cédulas de identidad N° 13.061.045, y 13.051.879. Todo ello de conformidad a lo establecido en el articulo 262 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en su lugar se acuerda su inmediata aprehensión judicial y que sean los mismos recluidos en la Comandancia General de la Policía de esta ciudad, medida de aseguramiento dictada en razón de no haber comparecido los acusados sin causa justificada, a cumplir con el régimen de presentaciones que les fuere impuesto por este Tribunal. Líbrese orden de aprehensión a nombre de los acusados antes identificados. Líbrese oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de .....