Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, conforme a lo previsto en los artículos 242 Numeral 3º y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado EDUARDO MARCANO RAUSEO, consistente en presentaciones cada treinta (30) días hasta que el Tribunal de Ejecución ejecute la presente sentencia y decida lo conducente, en virtud del quantum de la pena impuesta. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano EDUARDO MARCANO RAUSEO, venezolano, natural de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del estado Sucre, soltero, de 18 años de edad, Profesión u oficio agricultor, titular de la Cedula de Identidad Número V-indocumentado, fecha de nacimiento (desconoce), hijo de Santo Marcano y Loña Rauseo, residenciado en Yaguaraparo, Sector la Playa, cerca de la iglesia, parroquia Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las acces.....