este Tribunal Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por decisión dictada conforme a lo establecido en el artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a las Ciudadanas: GENESIS CAROLINA CALAZAN, venezolana, natural de Irapa, indocumentada, de 18 años de edad, nacido en fecha: 09-09-90, de estado civil soltero, de profesión u oficio: ama de casa , domiciliado en: el Sector Brisas del Coromoto, y ANNY ESPERANZA BERMUDEZ, venezolana, natural de Irapa, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 20.556.407, de 20 años de edad, nacido en fecha: 23-08-87, de estado civil soltero, de profesión u oficio: ama de casa, domiciliado en: el Sector Brisas de Coromoto, Municipio Mariño, Estado Sucre, por estar incursas en la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y .....