Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; resuelve:
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa seguida contra Joven Adulto OMISSIS; en investigación iniciada por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, tipificado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en agravio de la Ciudadana EUDINI DEL VALLE MARCANO ORDAZ, venezolana, de diecinueve (19) años de edad para la época de perpetrado el delito investigado, nacida en fecha 06-10-1991, residenciada en calle Ayacucho, Sector Colombia, casa número 11, Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre; en virtud de haberse extinguido la acción penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 300 Ordinal 3º del.....