Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del código penal, en relación con el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal decreta la Extinción de la pena impuesta, a favor del ciudadano CLEDYS MARTIN LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.873.396, quien fue Condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN ( ver folios 122 al 137, pieza 8/7; por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, la Fórmula Alternativa al Cumplimiento de Pena, por Cumplimiento de la Pena impuesta; de conformidad con el artículo 44 ordinal 5° de la Constitución de l.....