DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dada la solicitud de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, NIEGA LA APREHENSIÓN en contra del ciudadano JOSE GREGORIO AGREDA LOPEZ , titular de la cédula de identidad Nº 18.414.252, soltero, pescador, nacido en fecha 30-08-86, residenciado en el sector guadalito, adyacente el puente del barrio la gloria, casa sin numero, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en los artículos 406 Ordinal 1 Del Código Penal Vigente , en perjuicio del ciudadano JOSE ANTONIO MENDEZ, en virtud del principio de única persecución de lo previsto en el articulo 20 en su encabezado del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal Primera del Seg.....