Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Con Lugar la solicitud presentada por la representante del Ministerio Público y declara con lugar lo solicitado por la defensa, en consecuencia, se acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a los Adolescentes ; por la presunta comisión de uno de los delito contemplados en la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Se acuerda la libertad de los adolescentes desde la sala de audiencias. Líbrese boleta de libertad. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público