este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: El Plazo de Cuarenta y Cinco (45) días, al Representante del Ministerio Público, para que presente el Acto Conclusivo que diere lugar en la presente causa; seguida a los Imputados: Rolando José Boada Bellorin, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.344.952, nacido en fecha 23-09-1976, de 38 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, y domiciliado en el Sector Valle Verde, Calle La Paz, Casa S/N, frente al Polideportivo, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, y Luís Alexander Cortez Caraballo, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.201.840, na.....