este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 250, 264 y 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, impone el imputado IVÁN JOSÉ GARCÍA, venezolano, nacido en fecha 14-12-1973, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.360.513, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, consistente en presentaciones periódicas cada Ocho (08) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.