Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por CRUZ RAFAEL RONDON VASQUEZ, JHONNATAN YOBERT VELASQUEZ, JOSE FRANCISCO GUERRERO Y RICHARD JOSE RAMOS ARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.829.489, 16.816.922, 10.112.053 Y 17.446.434 respectivamente, en contra de la CORPORACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD C.A. (CORPOSERVICA),
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulten de la experticia complementaria del fallo por los conceptos de Antigüedad art.142 de la LOTTT, Indemnización prevista en el artículo 92 de la LOTTT, Vacaciones y Bono Vacacional vencidos no disfrutados, Utilida.....