este Juzgado Segundo de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado ALBERTO RAFAEL FIGUEROA REYES, venezolano, soltero, de 18 años de edad, titular de la cedula de identidad Nª 21.093.850, de profesión u oficio indefinido , hijo de Ayarit Reyes y Alberto Figuera, residenciado en Cumanagoto Segundo, Calle 1-A, casa Nª 11 de Cumaná Estado Sucre, presuntamente incurso en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, de conformidad con lo establecido en los artículo 250 y 2151 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia se ordena librar boleta de encarcela.....