DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 2 del Código Orgánico procesal Penal, reuniendo la acusación presentada por la Fiscalía Undécima del Ministerio Público de este Circuito Judicial con los requisitos de ley, la admite por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de La Ley Orgánica Sobre Sustancia estupefacientes y Psicotrópicas, en contra de los ciudadanos FRANKLIN JOSÉ VELÁSQUEZ y JOSÉ RAFAEL MARTÍNEZ, desestimando la solicitud de la defensa de que no sea admitida la acusación fiscal. Asimismo visto que el tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 376 del código Orgánico procesal penal, ha.....