Por los fundamentos expuestos este Juzgado del Municipio Andrés Mata, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil, CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos MIGUEL ANTONIO GUERRA y PASTORA DEL CARMEN VILLARROEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-3.135.218 y V-8.306.075, respectivamente, y domiciliados el primero, en la calle San Francisco de la población de San José de Areocuar, Parroquia San José, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre y la segunda, en la población de Buena Vista, Parroquia San José, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 08 de Agosto de Mil Novecientos Sesenta y Cuatro, por ante La Junta Comunal del Municipio San José de Areocuar, D.....