En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el sobreseimiento de la causa, previa Extinción de la Acción Penal, a favor del ciudadano Jesús Amado González, ampliamente identificado en los autos, en virtud de investigación que le fuera aperturada por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves Culposas , previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en relación con el artículo 420, numeral 1, ejusdem, en perjuicio de su persona y del ciudadano Cristofer Sambrano Hernández; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 108, numeral 7, del Código Penal, y 48, numeral 8; y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal.