A los fines de emitir su pronunciamiento el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando conforme a las solicitudes planteadas por la defensa, escuchados lo argumentos que al respecto expuso el representante del Ministerio Público y previa revisión de las actas del expediente observa que la imputación tiene lugar en fecha 10 de Septiembre del año 2009, momento en el cual fue individualizado y presentado al Tribunal de Control asistido de defensor tuvo lugar la celebración de la Audiencia de presentación de detenidos, imputándose el delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de DIORCELLYS JOSE GARCIA ARREDONDO, sin que a la presente fecha se haya planteado acto Conclusivo y habiendo requerido en este acto la defensa que se impon.....