DECISIÓN
Con fundamento en las consideraciones antes expuestas, el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano RAMÓN MELANIO CASTILLO, natural de Casanay, indocumentado y residenciado en el caserío Santa Rosa del Municipio Andrés eloy Blanco del Estado Sucre, en la investigación penal iniciada en fecha 06 de noviembre de 1980, por denuncia interpuesta por el ciudadano RAMÓN ALBERTO GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° V-4.486.464, domiciliado en la Urbanización Eugenio Mendoza, Casa B, N° 8, Quinta Clarita, Cumaná Estado Sucre; por la comisión del delito de Hurto Calificado previsto y sancionado en el artículo 455, ordinal 1.....