Por todo lo antes expuesto este Tribunal del Municipio Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, con competencia en Pensión Alimentaría, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara Con Lugar la presente acción de obligación Alimentaría, y en consecuencia condena al demandado ciudadano: FELIX VENANCIO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N°.V-4.300.523, a pasarle a sus menores hijos, la cantidad del 25% de todos los ingresos que perciba o por percibir (Salario, Aguinaldo, Fideicomiso, Bono Vacacional, Utilidades y Dividendos) y con el adelanto que prevee el artículo 374 de la LOPNA, decisión que se toma de conformidad con lo establecido en los artículos 365,369,30 y 8 de la LOPNA, en concordancia con el artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
A los fines de los recursos de Ley notifíquese a las partes, publíquese. Regístrese y Expídase copia certificada.....