Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana CLARA NIEVES GOMEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-18.210.158, con domicilio en Playa Colorada, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre del estado Sucre, en representación de su hijo SERVANDO JOSE HERNADEZ GOMEZ, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 26.293.576, debidamente asistida por la abogada JUANA GIMON FIGUEROA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 164.892. Cuya solicitud conoció en primer orden el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, el cual dicto sentencia declarándose Incompetente, motivo por el cual este Juzgado por asignación de la distribución correspondiente al día 7 de abril del año 2105, conoce de la referida soli.....