Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano: CARLOS RAFAEL MANEIRO MARIN, venezolano, natural de Guiria de la Costa, Municipio Valdez del Estado Sucre, de 22 años de edad, nacido en fecha: 12-10-1992, soltero, titular de la cédula de Identidad Número V- 20.565.903, pescador, hijo de Juan Carlos Maneiro y Liliana Marín, con domicilio en Calle Trinchera, casa N° 53, al lado de Queso Azul, Guiria la Costa Municipio Valdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley orgánica de drogas en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, de conformidad con el articulo 242 ordinal 3° del Código Orgánico.....