En el presente causa los ciudadanos JOSE ELINA MONTAÑO y HECTOR DEL VALLE MARIN plenamente identificados en autos, pretenden la Nulidad del documento cursante a los folios 6 al 9 ambos inclusive en donde los ciudadanos JOSE ELINA MONTAÑO RAMOS Y HECTOR DEL VALLE MARIN, venezolanos, mayores de edad, comerciantes, la primera Divorciada y el segundo soltero, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.876.857 y 5.879.024 respectivamente y de este domicilio; dan en venta pura y simple, perfecta e irrevocable a la ciudadana MELIDA JOSEFINA GUTIERREZ DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° 6.954.073 y de este domicilio, una casa con su terreno propio ubicados en el Parcelamiento La Ceiba de San Martín, Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, enclavada en una porción de terreno, propiedad de HECTOR DEL VALLE MARIN, marcada con el N° 15 que mide aproximadamente un área de Doscientos Setenta Metros Cuadrados ( 270 mts2 ), a.....