Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confiere la Ley, en aplicación de lo establecido en el artículo 130 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO únicamente y exclusivamente con relación a los co- demandantes; EMIL JAVIER RODRIGUEZ, ANGEL ALBINO, titular de las cedulas, 18.413.807, 5.878.952. SEGUNDO: Se ordena la continuación del proceso en la fase de mediación en la cual se encuentra con relación a el co-demandante, VICTOR RAMON ROSARIO, titular de las cedulas N° 14.174.566. Así mismo, se le observa a la parte que la consecuencia jurídica aplicada en el caso sub-judice solo extingue la instancia y el demandante no podrá volver a interponer la demanda antes que transcurran 90 .....