este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO el procedimiento mediante el cual se ventiló la pretensión de DIVORCIO fundamentada en los ordinales 2° y 3° del artículo 185 del Código Civil, incoada por la ciudadana MILAGROS ELENA VILLAFRANCA SUAREZ, portadora de la cédula de identidad N° V-6.767.974, quien estuvo representada por el abogado en ejercicio JOSE ALBERTO LARES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 111.845, contra el ciudadano JESUS RAFAEL ARIAS, portador de la cédula de identidad N° V-5.089.025. Así se decide.