Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Primero: Sin Lugar la solicitud de PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, planteada por la ciudadana Abg. LISBETH MARCANO MILANO, en su carácter de Defensora Pública del imputado, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR; en perjuicio del ciudadano ANTONIO JOSÉ SOLORZANO ARCIA, todo de conformidad con el articulo 615 y 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena notificar de lo aquí decidido a las partes de conformidad con el articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.