DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de los imputados, Nelson Carmona y Rafael Carmona, en virtud de encontrarlos incurso en la comisión de unos de los delito contra la propiedad, previsto y sancionado en el Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no existe base para solicitar fundamentalmente el enjuiciamiento de los imputados. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. R.....