Por todo lo antes expuesto, habiéndose encontrado elementos suficientes para suspender los efectos del procedimiento de sanción y providencia administrativa cuestionados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se decreta medida cautelar de Suspensión de Efectos del Procedimiento de Sanción N° 021-2009-06-00344 y la Providencia Administrativa Nº 11-10, emanada de la Inspectoría del Trabajo de Cumaná, contentiva de Procedimiento de Multa, contra la Empresa COMPAÑÍA ANONIMA INDUSTRIAL DE PESCA, C.A. (C.A.I.P), se ordena librar oficio a LA INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CUMANA ESTADO SUCRE, a los fines pertinentes.
Dada, firmada y sellada en el Despacho de este Tribunal, a los dieciséis (16) días del mes de Diciembre de dos mil trece (2013) Año 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
L.....