este Tribunal Primero de Control, habiendo el acusado procedido de manera voluntaria a admitir los hechos constitutivos de delito, previo compromiso de cumplir con las condiciones que se le impongan, ofreciendo no incurrir nuevamente en hechos similares a los que dieron origen a la presente causa y no registrando antecedentes penales, declara CON LUGAR la solicitud de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto se impone al acusado LEONEL JOSÉ MALAVÉ RENGEL, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.911.053, natural de 28 años de edad, nacido en fecha 08-08-78, soltero, domiciliado en el sector Guaranache, san Juan, casa S/N°, frente a la casabera, Municipio Sucre del Estado Sucre; a quien la Fiscalía Segunda del Ministerio Público con Competencia en Defensa Ambiental, le atribuyó la presunta comisión del delito de ACTIVIDADES EN ÁREAS NATURALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previsto.....