se declara :
PRIMERO: Se acuerda la Revocatoria del Acto de Entrega Material, con vista a la Oposición realizada al efecto por el ciudadano LEONEL JOSE CEDEÑO GONZALEZ, ya identificado, en su condición de representante legal de la EMPRESA RIOCA ELECTRONIC INT C.A, asistido por el Abogado en ejercicio German Leandro Figuera Arzola, ya identificado, debiendo los interesados acudir a la Jurisdicción Ordinaria aplicable al caso en estudio, y de esta manera dirimir su controversia.
SEGUNDO: Se exime de costas a las partes, ante la ausencia de contención en el presente proceso.