este Tribunal Cuarto de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión correspondiente, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por el abogado VERSELYS MANUEL GONZALEZ, en su carácter de defensor del acusado HILARIO ANTONIO SANCHEZ se extienden las presentaciones del acusado cada 30 días ante la oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.