Es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE la presente causa al estado de fijar la causa para Informes. Así se decide. En consecuencia, deja sin efecto el auto de fecha 26 de Octubre de 2022, inserto al folio Cincuenta y Cuatro (54) y vencido como se encuentra el lapso probatorio en el presente juicio, el Tribunal fija la causa para Informes, y dicho lapso comenzará a transcurrir a partir de la última notificación que de las partes se haga. Publíquese la presente decisión en la página en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia. www.tsj.gob.ve. Líbrese Boletas.