Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, interpuesta por los ciudadanos JULIO CESAR FRANCO RINCONES, EURIVIADES JOSE RINCONES RODRIGUEZ y ALQUIMEDES PEINADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad N° V-13.222.084, V-14.661.868 y V-9.271.823 respectivamente, representados por la Abogada ROSALIA FERNANDEZ ARTAVIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 9.452, en contra de la Entidad de Trabajo VIGILANCIA Y SEGURIDAD INDUSTRIAL LOS ANDES C.A. (VYSILA) y el ciudadano JOSE GREGORIO GONZALEZ MORENO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-9.167.629.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de TRESCIENTOS NO.....