este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia actuando en nombre de la república Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Se condena a la acusada MIGDALIS DEL VALLE PADRON URBINA, venezolana, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.311.746, nacida en fecha 21-10-81, de profesión u oficio DOMESTICA, nacida en Campiarito, Estado Sucre, hija de Petra Urbina y Héctor Padrón, residenciada En la población La Esmeralda, vía Nacional Cariaco-Carupano, vía Principal, Sector El Conuco de la Esperanza, casa sin numero de color blanca con azul, cerca de la bodega de la señora María, en la ciudad de Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN MAS LAS ACCESORIAS DE LEY por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Contra el trafico Ilícito y Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento .....