este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a los ciudadanos CARLOS RAFAEL MARVAL GUTIÉRREZ y REINALDO JOSÉ JIMÉNEZ FUENTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 19.538.974, y 16.817.326, de este domicilio; por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD