ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, en el presente asunto seguido al ciudadano BENITO JOSÉ LEÓN QUIJADA, venezolano, natural de Caripito estado Monagas, de 59 años de edad, titular de la cedula de identidad 3.946.963, nacido en fecha 03/04/1951, de estado civil Divorciado, profesión u oficio: Comerciante, hijo de: Benito León y Marcelina Quijada, Con domicilio en: Calle las Margarita casa N° 72 Municipio Bermúdez del estado Sucre, quien se encuentra incurso en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el articulo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NUNCIA JOSEFINA GONZÁLEZ GÓMEZ; en virtud de los hechos ocurrido en fecha 02-10-2010, antes señalados.