Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Sucre en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR UNOS BIENES INMUEBLES pertenecientes a la Sociedad Mercantil J.E.N INVERSIONES, C.A.
En consecuencia se ordena librar oficio y solicitar información al registrador subalterno Inmobiliario del estado sucre sobre lo conducente a la propiedad y tradición del mismo remitiendo a este despacho certificación de gravámenes y medidas del inmueble descrito.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los Quince (15) días del mes de Octubre de dos mil trece (2013). AÑOS: 202° y 154°. Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada de la presente decisión. Cúmplase.-
La Juez.
Abg. ALBELU N. VILLARROEL