Por las razones expuestas, este el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente querella funcionarial.
SEGUNDO: INADMISIBLE, la Querella Funcionarial, interpuesta por la Abogada Ysabel Cristina García Ruíz, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la Nº 98.600, en su condición de Procuradora del Trabajadores, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Olga Margarita Núñez Quiroba, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.672.020, contra la Gobernación del estado Sucre.