este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos: WILLIAMS ISSAD FIGUERA Y YAJAIRA JOSEFINA MARTINEZ DE FIGUERA, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 11.824.354 y V-8.653.709, respectivamente, de este domicilio asistidos por el Abogado en ejercicio, RUBEN GUILLERMO LUNAR ACOSTA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 132.430 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura civil del Municipio Altagracia Distrito Sucre del Estado Sucre, en fecha 31 de Agosto de 1.985.-